El Consell Audiovisual de Catalunya (CAC) quiere convertir el "entorno simbólico", el pluralismo y la veracidad de la nueva ley audiovisual en consignas informativas sobre la reforma del estatuto de autonomía. La vuelta al control de la información por el poder político, autonómico en este caso, y a la censura previa.
Una pretensión que excede sus funciones, detalladas en el artículo 111 de la nueva ley audiovisual catalana (pdf) y las de cualquier regulador del mundo democrático.
El consejero Joan Botella ha anunciado que el organismo encargado de regular los medios audiovisuales hará recomendaciones sobre el tratamiento de la información y la opinión en la futura campaña de referéndum del proyecto de reforma del estatuto catalán.
No recuerdo a un organismo regulador y con capacidad sancionadora haciendo sugerencias sobre los contenidos informativos y de opinión desde la abolición de la censura previa y la supresión de la conexión de las emisoras de radio a las noticias de Radio Nacional el 25 de octubre de 1977.
Dicen que quieren evitar lo ocurrido en el referéndum de la Constitución Europea. ¿Qué ocurrió? ¿No le gustaron al CAC las opiniones de los medios?
La pretensión del organismo es una injerencia intolerable en la información y los contenidos de los medios, cuyo pluralismo garantiza el artículo 5 de la ley audiovisual catalana y todas las normas internacionales democráticas.
Dice Botella, en un juicio apriorístico e incompleto, que el estatuto "no se puede ventilar en un especial de 15 minutos o en una tertulia" y que los medios deben incluir la opinión de todos los partidos y de otras voces.
Pero es sólo su opinión y no es su función, ni siquiera respecto a los medios públicos catalanes.
Si los hechos son sagrados, las opiniones son libres, y nadie tiene el derecho de condicionarlas, y menos desde el gobierno, a no ser que se olvide el artículo 3 de la ley catalana, garante de la libertad de comunicación audiovisual, y el derecho a la libre elección de los ciudadanos, también en asuntos políticos, imprescindible en una democracia y garantizado por el artículo 4, "sin que los intereses privados y los poderes públicos puedan sustituir sus decisiones", dice.
Los consejeros deben leer la ley antes de intentar aplicarla. Los ciudadanos y los medios no pueden admitir la vuelta al tiempo de las consignas. Con estos anuncios el CAC despierta los peores temores sobre el verdadero sentido de la nueva legislación audiovisual autonómica.
P21 | Menos denuncias y más sensatez
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