El gobierno Rajoy aprueba la ley Lassalle, el anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad intelectual que sustituye a la contestada y criticada ley Sinde. Mejora algunos aspectos y otros los empeora, pero sobre todo pierde una oportunidad para repensar la propiedad intelectual y los derechos de autor en la era digital y con más consenso de todos. La enorme contestación de casi todos los sectores augura una ley frágil y caduca antes de nacer porque no recoge algunos elementos clave para el negocio y el consumo digital.
Según el texto conocido hasta ahora, la propuesta empeora algunos derechos como la copia privada (ahora sólo temporal y más restrictiva) y sanciona un canon digital que pagan todos los ciudadanos, más injusto que el anterior.
Además reduce el derecho de cita en la educación al excluir a los libros de texto y obliga a las universidades a pagar un canon por los materiales de la enseñanza que amplía los actuales.
Entre las mejoras está el mayor control y supervisión de las sociedades de gestión de derechos de autor, obligadas a mayor transparencia en su actividad, para evitar escándalos como el de la SGAE.
La supervisión de las tarifas y licencias de derechos de autor trata de evitar el abuso actual de las gestoras, pero no plantea un mercado dinámico, abierto y transparente. La regulación de tarifas no garantiza una oferta más adecuada si no se hace por un organismo autónomo y con criterios de mercado y promoción de nuevos negocios. Una supervisión para la que sería necesario una autoridad de la competencia independiente, como la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones o el fenecido Consejo Audiovisual (CEMA), no un organismo dependiente del Ministerio de Educación y Cultura.
La ley Lassalle mejora la persecución contra las webs de descargas no autorizadas y permite perseguir los enlaces aunque los contenidos estén alojados por otras páginas y servidores cuando hay elementos objetivos de que se dedican a difundir y comercializar contenidos protegidos y cuya difusión no está autorizada.
Entre las novedades destacan las herramientas para cortar el negocio de las descargas. La intención es perseguir el dinero, no a la gente, bloqueando la publicidad y los pagos. Para que esa medida sea efectiva debería adoptarse una interpretación liberal de la doctrina de first sale o primera venta (como la que acaba de efectuar el Tribunal Supremo de Estados Unidos).
De esa forma se diferenciarían las copias no autorizadas de las licencias de uso y permitirá cobrar una licencia universal para todas las copias. Un mercado secundario para las descargas no autorizadas que permita cobrar a quienes las distribuyan con el fin de recuperar ingresos para los autores y acercar el mercado irregular al comercial.
Mejor cobrar derechos de las descargas que seguir persiguiendo lo imparable y enredándose en procesos administrativos y judiciales que no impulsan la creación de un mercado legal más atractivo ni cambian los hábitos de muchos internautas.
La intención de bloquear la publicidad en las webs de descargas es bastante inútil tal como funciona el mercado de la publicidad digital, con muchos mayoristas, contratación indirecta y automatizada (el que más crece), sin relación directa entre anunciantes y soportes, como explica Julio Alonso.
Los buscadores, la cita y los enlaces privados o sin ánimo de distribución masiva o intencionada de descargas no autorizadas quedan fuera de la persecución de la Comisión de la Propiedad Intelectual. A pesar de las excepciones, el problema es de garantías.
La Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual sustituye la garantía de los jueces por un procedimiento administrativo. Los integrantes de la comisión pertenecen a cuatro ministerios (Educación y Cultura, Economía, Industria y Presidencia), sin representantes de los consumidores ni del sector, pero sin constituirse como una autoridad independiente, como menciono arriba.
Las garantías, los derechos y la interpretación de una ley con muchas lagunas queda en manos del poder ejecutivo. Un nuevo error y una erosión de derechos cuando se puede recabar información de las operadoras de telecomunicaciones sobre las webs y páginas denunciadas, y cuando los procedimientos de sanción y defensa no son claros y garantistas.
La reforma de la propiedad intelectual aún tiene recorrido en el Congreso, pero no hay muchas esperanzas de mejora sustancial cuando se analizan las posiciones pasadas de los grupos políticos. Como en tantos otros temas, la realidad, la audiencia y la evolución del negocio va mucho más rápido que las leyes.
Periodismo, medios e ideas | Journalism, media and ideas | Una mirada a los medios, los periodistas y las ideas de la sociedad de la información | A glimpse at the media, journalists and ideas in the information society
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Friday, March 22, 2013
Wednesday, January 09, 2013
La guerra de la prensa contra la economía del enlace
Los diarios irlandeses avanzan en la batalla contra la economía del enlace con su pretensión de cobrar por enlazar sus contenidos. Un paso más en la lucha de la prensa por rentabilizar sus contenidos en internet. Los editores españoles intentan crear una SGAE para la información mientras Francia, Alemania o Brasil luchan por implantar una tasa Google para cobrar a buscadores y agregadores. En Bélgica hay acuerdo entre prensa y Google para que todo siga igual. Suena la alarma contra el derecho al enlace, la base de la web, como ha explicado su fundador Tim Berners-Lee. El problema es quién es el propietario de la información. Cómo se rentabiliza la obra periodística cuando sólo lo que se enlaza y comparte tiene auténtico valor informativo, democrático, social y económico. Es el impacto de la economía del enlace y del poder del usuario -de la demanda- en el mercado digital. Una economía y un negocio opuesto al control del acceso y de la publicación propia de los medios tradicionales. Una batalla en la que pierden los usuarios y la sociedad de la información.
A la denuncia de intentar destruir la naturaleza de la web por cobrar el enlace a sus contenidos (desde 300 euros en adelante), los diarios agrupados en National Newspapers of Ireland (NNI) responden que sólo reclaman remuneración por la utilización comercial de los enlaces. "Los miembros de NNI nunca se han opuesto a que el contenido de los diarios sea utilizado por otros para el uso personal", señalan. Los periódicos irlandeses "aceptan que el enlace para uso personal es parte de la comunicación online de los inviduos y no tenemos objeción".
La prensa da un paso más en la guerra de la propiedad del copyright e intenta no sólo cobrar por la copia o la cita, sino por el enlace a sus contenidos -la práctica conocida como deep linking: enlace directo. Un privilegio todavía no permitido en la legislación irlandesa ni en la europea. Incluido ya en las condiciones legales de algunos medios, pero no en las licencias de Newspaper Licensing Ireland Limited, la sociedad de gestión de derechos de los editores, similar a la que se quiere implantar en España.
En una reciente consulta legislativa para reformar la propiedad intelectual (pdf), la prensa irlandesa intentó abortar la práctica del uso justo (fair use) del copyright norteamericano que ampara el derecho de enlace. En España los editores reclaman una compensación por copia privada como la de la música, la televisión o el cine.
Los diarios irlandeses rechazan la neutralidad de los enlaces y se aferran a una sentencia británica que reconoce la propiedad de los contenidos periodísticos y a los titulares y sumarios de las noticias (los snippets de Google, por ejemplo) como obras con derechos de autor.
Muchos periodistas creen que los editores perdieron la batalla contra los buscadores y agregadores cuando dejaron enlazar sus contenidos y permitieron la aparición de sumarios. Esos resúmenes ofrecen cada vez más información al incorporar fotos, vídeos, microdatos, música, datos útiles, etc. Ya no sólo los utiliza Google, son habituales en las principales redes sociales como Facebook, Linkedin o Twitter, donde los editores pueden elegir cómo publicarlos.
Los medios se debaten entre la necesidad de ganar audiencia y relevancia con la optimización en buscadores (SEO) y el marketing viral en las redes sociales frente a la presión de hacer rentables los contenidos cuando una gran parte de los usuarios no pasan de esos títulos o extractos para llegar a la fuente de la información.
Es la maldición de la pirámide invertida: cuando lo más relevante de las noticias está en el título y en el primer párrafo, para muchos es suficiente en la era de la abundancia. El estilo que los periodistas crearon para hacer más comprensible y rápido el acceso a la información se vuelve en su contra en la era digital.
La lucha de la prensa contra el enlace y la cita amenaza el propio derecho a la información y a su titular: las personas. La posibilidad real de publicar, enlazar, compartir, comentar, editar, recomendar o republicar contenidos conseguido con internet es el triunfo de la democratización de la información nacido con el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y reconocido desde entonces por casi todas las legislaciones democráticas, como en el artículo 20 de la Constitución Española (1978).
El periodismo hace su negocio con una riqueza que no le pertenece: la información es del público y sólo el interés público legitima el ejercicio periodístico. Es un servicio que aporta valor añadido e inteligencia al relato de la realidad más que una creación. En eso se parece a los buscadores, agregadores y redes sociales que ofrecen a los usuarios espacio digital y capacidad de publicar, comentar, compartir, ordenar y distribuir contenidos propios o ajenos.
La Declaración de Derechos Humanos cierra la etapa de la propiedad de la información por los editores, como antes había sido de los reyes y de la Iglesia que permitían licencias para imprimir y publicar. Cuando los periodistas comenzaron a reivindicar con fuerza sus derechos de autor sobre la información les sobrepasó el asalto ciudadano a la información y los contenidos. Desde entonces los editores luchan para mantener el control de la propiedad de la información contra las propias redacciones y contra los derechos humanos.
No es difícil reconocer la propiedad y el derecho a la explotación comercial del artículo, el periódico, la revista o un telediario (obras derivadas de la información, en jerga jurídica) pero es más complejo marcar los límites del derecho de cita, enlace o comentario que hacen real ese derecho a la información.
Editores y periodistas tienen derechos sobre el producto, pero la información es de todos. En ese derecho se ampara la cita, la copia privada, la parodia o la reutilización de partes del contenido como reconoce la legislación europea y española. Los nuevos medios de internet han encontrado cómo aprovechar y ampliar ese derecho a la información. Unos añadiendo valor y funcionalidades para los usuarios, otros sólo copiando y esquilmando los contenidos ajenos.
El problema del negocio del periodismo no está en diseñar complejas barreras para cobrar a los aprovechados, sino en recuperar el valor de la información original y su reconocimiento por ese público que hoy se contenta con el esqueleto más breve de la noticia o con los enlaces y citas de quienes ofrecen más acceso a los contenidos sin aportar criterio, inteligencia o más información.
Artículo en ElDiario.es
A la denuncia de intentar destruir la naturaleza de la web por cobrar el enlace a sus contenidos (desde 300 euros en adelante), los diarios agrupados en National Newspapers of Ireland (NNI) responden que sólo reclaman remuneración por la utilización comercial de los enlaces. "Los miembros de NNI nunca se han opuesto a que el contenido de los diarios sea utilizado por otros para el uso personal", señalan. Los periódicos irlandeses "aceptan que el enlace para uso personal es parte de la comunicación online de los inviduos y no tenemos objeción".
La prensa da un paso más en la guerra de la propiedad del copyright e intenta no sólo cobrar por la copia o la cita, sino por el enlace a sus contenidos -la práctica conocida como deep linking: enlace directo. Un privilegio todavía no permitido en la legislación irlandesa ni en la europea. Incluido ya en las condiciones legales de algunos medios, pero no en las licencias de Newspaper Licensing Ireland Limited, la sociedad de gestión de derechos de los editores, similar a la que se quiere implantar en España.
En una reciente consulta legislativa para reformar la propiedad intelectual (pdf), la prensa irlandesa intentó abortar la práctica del uso justo (fair use) del copyright norteamericano que ampara el derecho de enlace. En España los editores reclaman una compensación por copia privada como la de la música, la televisión o el cine.
Los diarios irlandeses rechazan la neutralidad de los enlaces y se aferran a una sentencia británica que reconoce la propiedad de los contenidos periodísticos y a los titulares y sumarios de las noticias (los snippets de Google, por ejemplo) como obras con derechos de autor.
Muchos periodistas creen que los editores perdieron la batalla contra los buscadores y agregadores cuando dejaron enlazar sus contenidos y permitieron la aparición de sumarios. Esos resúmenes ofrecen cada vez más información al incorporar fotos, vídeos, microdatos, música, datos útiles, etc. Ya no sólo los utiliza Google, son habituales en las principales redes sociales como Facebook, Linkedin o Twitter, donde los editores pueden elegir cómo publicarlos.
Los medios se debaten entre la necesidad de ganar audiencia y relevancia con la optimización en buscadores (SEO) y el marketing viral en las redes sociales frente a la presión de hacer rentables los contenidos cuando una gran parte de los usuarios no pasan de esos títulos o extractos para llegar a la fuente de la información.
Es la maldición de la pirámide invertida: cuando lo más relevante de las noticias está en el título y en el primer párrafo, para muchos es suficiente en la era de la abundancia. El estilo que los periodistas crearon para hacer más comprensible y rápido el acceso a la información se vuelve en su contra en la era digital.
La lucha de la prensa contra el enlace y la cita amenaza el propio derecho a la información y a su titular: las personas. La posibilidad real de publicar, enlazar, compartir, comentar, editar, recomendar o republicar contenidos conseguido con internet es el triunfo de la democratización de la información nacido con el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y reconocido desde entonces por casi todas las legislaciones democráticas, como en el artículo 20 de la Constitución Española (1978).
El periodismo hace su negocio con una riqueza que no le pertenece: la información es del público y sólo el interés público legitima el ejercicio periodístico. Es un servicio que aporta valor añadido e inteligencia al relato de la realidad más que una creación. En eso se parece a los buscadores, agregadores y redes sociales que ofrecen a los usuarios espacio digital y capacidad de publicar, comentar, compartir, ordenar y distribuir contenidos propios o ajenos.
La Declaración de Derechos Humanos cierra la etapa de la propiedad de la información por los editores, como antes había sido de los reyes y de la Iglesia que permitían licencias para imprimir y publicar. Cuando los periodistas comenzaron a reivindicar con fuerza sus derechos de autor sobre la información les sobrepasó el asalto ciudadano a la información y los contenidos. Desde entonces los editores luchan para mantener el control de la propiedad de la información contra las propias redacciones y contra los derechos humanos.
No es difícil reconocer la propiedad y el derecho a la explotación comercial del artículo, el periódico, la revista o un telediario (obras derivadas de la información, en jerga jurídica) pero es más complejo marcar los límites del derecho de cita, enlace o comentario que hacen real ese derecho a la información.
Editores y periodistas tienen derechos sobre el producto, pero la información es de todos. En ese derecho se ampara la cita, la copia privada, la parodia o la reutilización de partes del contenido como reconoce la legislación europea y española. Los nuevos medios de internet han encontrado cómo aprovechar y ampliar ese derecho a la información. Unos añadiendo valor y funcionalidades para los usuarios, otros sólo copiando y esquilmando los contenidos ajenos.
El problema del negocio del periodismo no está en diseñar complejas barreras para cobrar a los aprovechados, sino en recuperar el valor de la información original y su reconocimiento por ese público que hoy se contenta con el esqueleto más breve de la noticia o con los enlaces y citas de quienes ofrecen más acceso a los contenidos sin aportar criterio, inteligencia o más información.
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Friday, May 25, 2012
El precio de la desconfianza en Facebook
¿Es esta la curva descendente de la desconfianza en Facebook tras su caótica y engañosa salida a bolsa?
La confianza en Facebook ha caído. Mucho en sus accionistas y bastante en muchos de sus usuarios. Sin políticas y reglas claras. Sin explicar a la gente cómo va a impactar en sus perfiles, sus contenidos y sus relaciones la presión de los resultados trimestrales y la necesidad de un negocio todavía incierto, ¿cómo confiar?
¿Basta el consentimiento de la comodidad?
Quizá es hora de pedir a los dueños de nuestros espacios digitales respeto a los ciberderechos, una ciberdemocracia transparente y una cibereconomía responsable.
Cuando tantos somos parte de las redes y trabajamos para ellas, creamos contenido, lo compartimos y aumentamos el valor con nuestras relaciones y amistades, el gobierno de las multinacionales 2.0 también debe ser compartido, abierto y transparente.
De lo contrario amenaza el neofeudalismo digital bajo la retórica hacker.
Tuesday, February 07, 2012
Sin cámaras ocultas
“Tuviese o no relevancia pública lo investigado por el periodista, lo que está constitucionalmente prohibido es justamente la utilización” de cámaras ocultas. El Tribunal Constitucional dicta una sentencia (pdf) con una limitación excesiva para la información y el periodismo, víctima de los abusos de las televisiones y el periodismo amarillo.
El mal periodismo se combate con garantías para los derechos individuales lesivas contra el interés público.
Columna completa en Estrella Digital
El mal periodismo se combate con garantías para los derechos individuales lesivas contra el interés público.
Columna completa en Estrella Digital
Sunday, January 29, 2012
Twitter: censura nacional y derechos universales
Las fronteras y las cibermurallas llegan a Twitter. La red de microblogging se ha incendiado con su anuncio de que retirará tuiteos en cada país cuando las autoridades lo reclamen. Ya lo hacía, como todas las grandes compañías de internet. La diferencia es que Twitter quiere abrir oficinas en países como China. Para operar legalmente respetará la ley de cada país y silenciará esos tuiteos sólo en el país afectado y con notificaciones públicas que aumenten la transparencia. Twitter se rinde a las necesidades del negocio frente a las libertades universales.
Las empresas de internet son el mayor símbolo del capitalismo global, pero el negocio y el poder todavía tienen profundas raíces locales. El choque entre aspiraciones globales y realidades nacionales es constante.
Columna completa en Estrella Digital
Las empresas de internet son el mayor símbolo del capitalismo global, pero el negocio y el poder todavía tienen profundas raíces locales. El choque entre aspiraciones globales y realidades nacionales es constante.
Columna completa en Estrella Digital
Friday, January 20, 2012
Lecciones de Megaupload
El FBI ha cerrado Megaupload, la mayor web de descargas directas del mundo. La discusión vuelve a internet y las redes sociales entre defensores y acusadores. Pero el cierre de la web de descargas, su modelo de negocio, los reclamos de la industria, el uso que hacían sus usuarios y la decisión de un gran jurado de Estados Unidos dejan muchas lecciones para superar las guerras del copyright. En resumen: lo importante es perseguir al dinero, proteger a los usuarios y a los creadores, y aceptar la innovación y los cambios en el mercado para crear una oferta competitiva.
Megaupload se lucraba con contenidos protegidos por copyright subidos por los usuarios, a los que se premiaba para subir más contenidos. Una estimación (siempre dudosa) de pérdidas de 500 millones de dólares para la industria de contenidos y 175 millones sólo en su persecución legal. Tenía 150 millones de usuarios registrados y 50 millones de usuarios diarios.
Megaupload no es una red P2P (peer to peer), funcionaba con sus propios servidores para alojar los archivos y cobraba por descargas rápidas o por streaming (contenidos sin descarga). Los pagos de los usuarios y la publicidad son sus ingresos. Un negocio importante al no pagar a los dueños de los contenidos. Además premiaba a los usuarios que subieran más archivos y los enlazasen y promocionasen en internet.
Pero el servicio también se utilizaba para alojar documentos y archivos legales o sin restricciones de derechos de autor. Un precursor de los servicios de alojamiento en la nube actuales. La nota del FBI y de Departamento de Justicia explica que desincentivaba a los usuarios de contenidos legales al borrar los archivos poco descargados.
El gobierno norteamericano y todos los que hayan usado Megaupload saben que la voluntad de lucro con material no autorizado era evidente y expresa. Pero muchos usuarios no distinguen entre los propósitos legítimos o no de las herramientas y las usan sin discriminación.
Por último, además de las pruebas sobre el conocimiento de las actividades ilegales, que habrá que demostrar en los tribunales, el FBI acusa a los responsables de la web de no retirar los contenidos denunciados por sus dueños legítimos (como en YouTube y tantos sitios), sino sólo cambiar los enlaces.
El cierre de Megaupload se produce tras la gran jornada de luto contra las leyes SOPA y PIPA que pretenden endurecer la lucha contra las descargas y dotan a los demandantes de poderes de control y censura de la propia arquitectura de internet. Anonymus respondió al cierre atacando las webs del gobierno norteamericano en una escalada ciberbélica preocupante.
Algunas lecciones:
El mercado de los contenidos debe adoptar la innovación tecnológica y de negocio digital.
Está obligado a cambiar aumentando la oferta digital, acortando las ventanas de exhibición actuales para ofrecer los contenidos cuando concentran el interés de los consumidores y en un mercado de acceso total a través de varias plataformas y aparatos, de la televisión a los móviles.
Un mercado donde la propiedad ya no importa, lo valorado es el acceso y el uso.
Megaupload se lucraba con contenidos protegidos por copyright subidos por los usuarios, a los que se premiaba para subir más contenidos. Una estimación (siempre dudosa) de pérdidas de 500 millones de dólares para la industria de contenidos y 175 millones sólo en su persecución legal. Tenía 150 millones de usuarios registrados y 50 millones de usuarios diarios.
Megaupload no es una red P2P (peer to peer), funcionaba con sus propios servidores para alojar los archivos y cobraba por descargas rápidas o por streaming (contenidos sin descarga). Los pagos de los usuarios y la publicidad son sus ingresos. Un negocio importante al no pagar a los dueños de los contenidos. Además premiaba a los usuarios que subieran más archivos y los enlazasen y promocionasen en internet.
Pero el servicio también se utilizaba para alojar documentos y archivos legales o sin restricciones de derechos de autor. Un precursor de los servicios de alojamiento en la nube actuales. La nota del FBI y de Departamento de Justicia explica que desincentivaba a los usuarios de contenidos legales al borrar los archivos poco descargados.
El gobierno norteamericano y todos los que hayan usado Megaupload saben que la voluntad de lucro con material no autorizado era evidente y expresa. Pero muchos usuarios no distinguen entre los propósitos legítimos o no de las herramientas y las usan sin discriminación.
Por último, además de las pruebas sobre el conocimiento de las actividades ilegales, que habrá que demostrar en los tribunales, el FBI acusa a los responsables de la web de no retirar los contenidos denunciados por sus dueños legítimos (como en YouTube y tantos sitios), sino sólo cambiar los enlaces.
El cierre de Megaupload se produce tras la gran jornada de luto contra las leyes SOPA y PIPA que pretenden endurecer la lucha contra las descargas y dotan a los demandantes de poderes de control y censura de la propia arquitectura de internet. Anonymus respondió al cierre atacando las webs del gobierno norteamericano en una escalada ciberbélica preocupante.
Algunas lecciones:
El mercado de los contenidos debe adoptar la innovación tecnológica y de negocio digital.
Está obligado a cambiar aumentando la oferta digital, acortando las ventanas de exhibición actuales para ofrecer los contenidos cuando concentran el interés de los consumidores y en un mercado de acceso total a través de varias plataformas y aparatos, de la televisión a los móviles.
Un mercado donde la propiedad ya no importa, lo valorado es el acceso y el uso.
Los consumidores buscan precios más baratos y más ajustados a su consumo.
Hasta el punto de resignarse a peor calidad, esfuerzos y limitaciones técnicos o simplemente poder pagar suscripciones (como en el streaming legal) en lugar de micropagos y al revés, elegir sólo canciones (la revolución de iTunes) en lugar de álbumes completos.
La industria debe repensar la saturación de contenidos actual y cómo los comercializa.
La obra es la primera copia digital, mejor comercializarla. Cuando una obra está digitalizada no se puede detener su distribución. Mejor aprovechar la doctrina de la primera venta (first sale) y reconocer que es ineficaz restringir la distribución de contenidos y es mejor aumentar sus métodos y canales de distribución. Más derecho de participación (droit de suite) y menos exclusividad de explotación, ineficaz contra la distribución no autorizada.
Del canon digital a una licencia universal para rentabilizar los contenidos digitales.
La compensación equitativa a los autores de nuestras leyes condena a los ciudadanos a pagar indiscriminadamente por soportes u obras, o crea un impuesto privado que las gestoras de contenidos cobran a todos los ciudadanos, como ahora cuando el canon digital se paga con los Presupuestos del Estado.
Al desregular la copia y aceptar la imposibilidad de controlar la distribución es mejor aplicar una licencia universal sobre los contenidos a pagar por todos los comercializadores y distribuidores de las obras. Exigir ese pago debe ser la tarea de las autoridades, no amenazar con leyes sin suficientes garantías (ley Sinde, SOPA, etc.) que colisionan con los derechos fundamentales.
La penalización legal en ese escenario se aplicaría a quienes se lucren de mala fe sin someterse a un mercado abierto y sin más restricción que la debida compensación a cada eslabón de la cadena de valor.
Un pacto de honestidad entre autores, industria y consumidores.
Si se eliminan las barreras de distribución, se abre el acceso a todas las plataformas y dispositivos técnicamente preparados, se establece un sistema de licencias universal con precios competitivos -más competencia y arbitraje, más acceso a redes y contenidos, menos oligopolios y restricciones lo aseguran, como ha ocurrido en la telefonía móvil, por ejemplo- nadie debería violar esas condiciones de buena fe.
Por tanto los intereses de unos y otros coincidirían en un mercado abierto, sin posición de dominio excesiva de nadie. Los consumidores tendrían mejor información y más opciones para sus necesidades sin buscar atajos ni sumarse a una cultura de la irresponsabilidad que sólo conduce al abuso y la confusión.
La industria debe repensar la saturación de contenidos actual y cómo los comercializa.
La obra es la primera copia digital, mejor comercializarla. Cuando una obra está digitalizada no se puede detener su distribución. Mejor aprovechar la doctrina de la primera venta (first sale) y reconocer que es ineficaz restringir la distribución de contenidos y es mejor aumentar sus métodos y canales de distribución. Más derecho de participación (droit de suite) y menos exclusividad de explotación, ineficaz contra la distribución no autorizada.
Del canon digital a una licencia universal para rentabilizar los contenidos digitales.
La compensación equitativa a los autores de nuestras leyes condena a los ciudadanos a pagar indiscriminadamente por soportes u obras, o crea un impuesto privado que las gestoras de contenidos cobran a todos los ciudadanos, como ahora cuando el canon digital se paga con los Presupuestos del Estado.
Al desregular la copia y aceptar la imposibilidad de controlar la distribución es mejor aplicar una licencia universal sobre los contenidos a pagar por todos los comercializadores y distribuidores de las obras. Exigir ese pago debe ser la tarea de las autoridades, no amenazar con leyes sin suficientes garantías (ley Sinde, SOPA, etc.) que colisionan con los derechos fundamentales.
La penalización legal en ese escenario se aplicaría a quienes se lucren de mala fe sin someterse a un mercado abierto y sin más restricción que la debida compensación a cada eslabón de la cadena de valor.
Un pacto de honestidad entre autores, industria y consumidores.
Si se eliminan las barreras de distribución, se abre el acceso a todas las plataformas y dispositivos técnicamente preparados, se establece un sistema de licencias universal con precios competitivos -más competencia y arbitraje, más acceso a redes y contenidos, menos oligopolios y restricciones lo aseguran, como ha ocurrido en la telefonía móvil, por ejemplo- nadie debería violar esas condiciones de buena fe.
Por tanto los intereses de unos y otros coincidirían en un mercado abierto, sin posición de dominio excesiva de nadie. Los consumidores tendrían mejor información y más opciones para sus necesidades sin buscar atajos ni sumarse a una cultura de la irresponsabilidad que sólo conduce al abuso y la confusión.
Thursday, January 19, 2012
Internet de luto
Internet se viste de negro. De la Wikipedia a Google, los sitios más representativos de internet protestaron con un bloqueo de sus páginas contra las leyes SOPA y PIPA norteamericanas, impulsadas por Hollywood y los grandes de los contenidos para bloquear webs en defensa de la propiedad. Un cerco que corre el peligro de atacar la misma estructura de internet y de ser arbitrario e injusto.
Internet de luto. Un duelo continuo en una guerra estéril, eterna y convertida en mal crónico de la sociedad de la información. Las empresas de la era industrial, con su enfoque de hiperoferta consumista y su dominio de los mercados, intentan frenar a la nueva industria digital, el intercambio entre usuarios y a quienes se aprovechan para irrumpir disruptivamente en el negocio o para lucrarse con prácticas deshonestas o delictivas.
De luto, las víctimas: ciudadanos atrapados en el frenesí de un acceso a la cultura, la información y el entretenimiento mayor y más barato que nunca a través de multitud de dispositivos y servicios. Al clic de un dedo en una pantalla. De luto la innovación, acosada por la crisis y la resistencia de lo viejo (mercados y leyes). Luto entre los creadores con los bolsillos rotos de los derechos de autor. Luto en el juicio ciego de los legisladores.
Contra SOPA/PIPA se ha pronunciado la Casa Blanca de Obama y un grupo de legisladores impulsa Open Act, una propuesta que cambia la batalla: de los derechos fundamentales a los comerciales, asegurar la libertad y crear herramientas para evitar el fraude y asegurar la compensación de los derechos de autor. Una idea sobre la que insistimos en la discusión de la ley Sinde.
La piratería no se para con un estado de sitio digital. Ni persiguiendo o amenazando a los usuarios ni sus derechos. Tampoco con un canon universal como el impuesto en España. Mejor promover la oferta competitiva y perseguir el dinero para bloquear los ingresos de los infractores manteniendo los derechos de copia privada y libertad de información. Eso defiende Open Act, como la gente y empresas alérgicas al luto y a las guerras baldías.
Columna en los diarios de Vocento
Internet de luto. Un duelo continuo en una guerra estéril, eterna y convertida en mal crónico de la sociedad de la información. Las empresas de la era industrial, con su enfoque de hiperoferta consumista y su dominio de los mercados, intentan frenar a la nueva industria digital, el intercambio entre usuarios y a quienes se aprovechan para irrumpir disruptivamente en el negocio o para lucrarse con prácticas deshonestas o delictivas.
De luto, las víctimas: ciudadanos atrapados en el frenesí de un acceso a la cultura, la información y el entretenimiento mayor y más barato que nunca a través de multitud de dispositivos y servicios. Al clic de un dedo en una pantalla. De luto la innovación, acosada por la crisis y la resistencia de lo viejo (mercados y leyes). Luto entre los creadores con los bolsillos rotos de los derechos de autor. Luto en el juicio ciego de los legisladores.
Contra SOPA/PIPA se ha pronunciado la Casa Blanca de Obama y un grupo de legisladores impulsa Open Act, una propuesta que cambia la batalla: de los derechos fundamentales a los comerciales, asegurar la libertad y crear herramientas para evitar el fraude y asegurar la compensación de los derechos de autor. Una idea sobre la que insistimos en la discusión de la ley Sinde.
La piratería no se para con un estado de sitio digital. Ni persiguiendo o amenazando a los usuarios ni sus derechos. Tampoco con un canon universal como el impuesto en España. Mejor promover la oferta competitiva y perseguir el dinero para bloquear los ingresos de los infractores manteniendo los derechos de copia privada y libertad de información. Eso defiende Open Act, como la gente y empresas alérgicas al luto y a las guerras baldías.
Columna en los diarios de Vocento
Wednesday, January 18, 2012
Stop #SOPA y #PIPA
Este blog tiene actualmente 388 artículos bloqueados por la Digital Millennium Copyright Act (DMCA). Google los ha retirado para no sufrir el castigo de esa ley de defensa del copyright. Está en curso mi protesta y mi escrito de defensa para volver a publicar esos artículos sin castigo ni para su autor ni para el servicio que los aloja.
Pero la justicia es lenta y la ley norteamericana primero castiga y luego revisa, sin mucha defensa para el usuario.
Quienes soy lectores del blog sabéis de sobra que aquí no hay enlaces comerciales ni material que viole ningún derecho de autor o comercial. ¿Cuál es el pecado de esos 388 artículos? Enlazar sitios sospechosos, entendiendo por tales sólo los que pueda alojar la mente de un paranoico, reproducir algún vídeo de YouTube o citar marcas comerciales sin permiso.
De la libertad de información y opinión y el derecho de cita, ni las autoridades norteamericanas ni Google (de rodillas débiles ante el abuso) quieren saber nada. Los defiendo con argumentos y las leyes españolas y europeas que garantizan los derechos citados. Por ahora, sordo Google, sorda la justicia norteamericana.
Es un ejemplo sencillo de todo lo que puede empeorar si las leyes Stop Online Piracy Act (SOPA) y Protect Intellectual Property Act (PIPA) son aprobadas.
Las dos permiten el bloqueo de sitios de internet sólo con la denuncia de los presuntos perjudicados y con una interpretación del copyright sonrojante. Ni una ni otra pararán la piratería -de existir, cosa no probada en el mundo digital- porque no hay muro que pueda con el poder del futuro.
Me alegra coincidir con el enfoque de Open Act, la propuesta legislativa alternativa a SOPA y PIPA. Su enfoque es seguir el dinero, como en el género policíaco: follow the money. Cambiar el enfoque de una guerra de derechos a un conflicto comercial y económico es un paso fundamental que ya defendí hace tiempo, resumido en Una propuesta para el canon y la ley Sinde.
Algunas ideas más de SOPA como el mecanismo de defensa ante las denuncias falsas o abusivas también las expusimos un grupo de personas que nos reunimos en si día con el Ministerio de Cultura en busca de garantías para los derechos y libertades.
Mañana continúo esas reflexiones en Internet de luto, el artículo que he escrito para los medios de Vocento.
Persigue al dinero, no a la gente. Penaliza siempre al lucro irregular, no a quienes comparten con honestidad.
Es más fácil de lo que a veces parece.
Para todos los interesados en estos temas, una recopilación de enlaces interesantes (personal y no exhaustiva) sobre Stop SOPA.
BBC | Qué son estas leyes
Motion Picture Association of America, impulsores de las leyes | Artículos en defensa de SOPA y su posición sobre el copyright
EFF | Cómo violan derechos fundamentales cómo la libertad de expresión y la innovación
Proteger la innovación | Carta de los grandes de internet norteamericanos a los legisladores
Google | Resumen anti SOPA y PIPA
Wikipedia | Por qué un boicot
Casa Blanca | Respuesta a la iniciativa popular en contra de estas leyes
Tim O'Reilly | Las falacias de la piratería y cómo no se solucionan
Comisión Europea | Principios para una internet abierta
OCDE | Defensa de una internet abierta
Jonathan Zittrain | Análisis jurídico de SOPA
Harvard Business Review | The Real SOPA Battle: Innovators vs. Goliath
ProPublica | Base de datos con las contribuciones de la industria de los contenidos e internet a los legisladores de SOPA y PIPA
Peter Gabriel y su petición contra las leyes
Open Act | La alternativa apoyada por las grandes empresas de internet
Wikipedia explica Open Act
EFF | Lo bueno y lo malo de esta alternativa
Ars Technica | Lo mejor de Open Act y cómo mejorarla
Pero la justicia es lenta y la ley norteamericana primero castiga y luego revisa, sin mucha defensa para el usuario.
Quienes soy lectores del blog sabéis de sobra que aquí no hay enlaces comerciales ni material que viole ningún derecho de autor o comercial. ¿Cuál es el pecado de esos 388 artículos? Enlazar sitios sospechosos, entendiendo por tales sólo los que pueda alojar la mente de un paranoico, reproducir algún vídeo de YouTube o citar marcas comerciales sin permiso.
De la libertad de información y opinión y el derecho de cita, ni las autoridades norteamericanas ni Google (de rodillas débiles ante el abuso) quieren saber nada. Los defiendo con argumentos y las leyes españolas y europeas que garantizan los derechos citados. Por ahora, sordo Google, sorda la justicia norteamericana.
Es un ejemplo sencillo de todo lo que puede empeorar si las leyes Stop Online Piracy Act (SOPA) y Protect Intellectual Property Act (PIPA) son aprobadas.
Las dos permiten el bloqueo de sitios de internet sólo con la denuncia de los presuntos perjudicados y con una interpretación del copyright sonrojante. Ni una ni otra pararán la piratería -de existir, cosa no probada en el mundo digital- porque no hay muro que pueda con el poder del futuro.
Me alegra coincidir con el enfoque de Open Act, la propuesta legislativa alternativa a SOPA y PIPA. Su enfoque es seguir el dinero, como en el género policíaco: follow the money. Cambiar el enfoque de una guerra de derechos a un conflicto comercial y económico es un paso fundamental que ya defendí hace tiempo, resumido en Una propuesta para el canon y la ley Sinde.
Algunas ideas más de SOPA como el mecanismo de defensa ante las denuncias falsas o abusivas también las expusimos un grupo de personas que nos reunimos en si día con el Ministerio de Cultura en busca de garantías para los derechos y libertades.
Mañana continúo esas reflexiones en Internet de luto, el artículo que he escrito para los medios de Vocento.
Persigue al dinero, no a la gente. Penaliza siempre al lucro irregular, no a quienes comparten con honestidad.
Es más fácil de lo que a veces parece.
Para todos los interesados en estos temas, una recopilación de enlaces interesantes (personal y no exhaustiva) sobre Stop SOPA.
BBC | Qué son estas leyes
Motion Picture Association of America, impulsores de las leyes | Artículos en defensa de SOPA y su posición sobre el copyright
EFF | Cómo violan derechos fundamentales cómo la libertad de expresión y la innovación
Proteger la innovación | Carta de los grandes de internet norteamericanos a los legisladores
Google | Resumen anti SOPA y PIPA
Wikipedia | Por qué un boicot
Casa Blanca | Respuesta a la iniciativa popular en contra de estas leyes
Tim O'Reilly | Las falacias de la piratería y cómo no se solucionan
Comisión Europea | Principios para una internet abierta
OCDE | Defensa de una internet abierta
Jonathan Zittrain | Análisis jurídico de SOPA
Harvard Business Review | The Real SOPA Battle: Innovators vs. Goliath
ProPublica | Base de datos con las contribuciones de la industria de los contenidos e internet a los legisladores de SOPA y PIPA
Peter Gabriel y su petición contra las leyes
Open Act | La alternativa apoyada por las grandes empresas de internet
Wikipedia explica Open Act
EFF | Lo bueno y lo malo de esta alternativa
Ars Technica | Lo mejor de Open Act y cómo mejorarla
Wednesday, December 28, 2011
El Congreso limita las fotos
El Congreso limita la toma de fotografías para defender el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones de los diputados.
Todo un debate sobre las nuevas tecnologías y la función pública que necesita una reflexión pausada.
La instrucción se extralimita al prohibir las fotos de personas no acreditadas como las tomadas por periodistas no gráficos o por los propios diputados, como las que se publican en las redes sociales. Pero también al delimitar en exceso los espacios en los que se pueden captar imágenes, aunque en muchos de ellos los diputados estén realizando actividades en función de su cargo público.
Instrucción Congreso fotos
Y un pequeño debate en Twitter
Thursday, October 06, 2011
Fútbol sin fronteras
Al fútbol se le acumulan los problemas. El enorme negocio de la pelota revienta sus costuras por los excesos en fichajes y unas finanzas dependientes en más de un 40% de los derechos de televisión, con un aumento constante los últimos años. Una sentencia del Tribunal Europeo de Justicia vuelve a poner en cuestión el cerrojo a los derechos de retransmisión por países e insiste en defender un mercado únicopara el fútbol europeo al que hasta ahora se han negado clubes y televisiones.
La UEFA ya se ha apresurado a afirmar que no cambiará la forma de vender los derechos. Pero el impacto de la sentencia y la defensa del mercado único de contenidos por la Comisión Europea pueden acelerar los cambios mientras en España las radios se niegan a pagar por los carruseles deportivos y los clubes negocian un cambio en el sistema de venta y reparto de derechos.
Columna completa en Estrella Digital
La UEFA ya se ha apresurado a afirmar que no cambiará la forma de vender los derechos. Pero el impacto de la sentencia y la defensa del mercado único de contenidos por la Comisión Europea pueden acelerar los cambios mientras en España las radios se niegan a pagar por los carruseles deportivos y los clubes negocian un cambio en el sistema de venta y reparto de derechos.
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Monday, January 03, 2011
El gobierno quiere reformar la SGAE y las gestoras de derechos
La discusión de la ley Sinde no se desvanecerá en vano. El gobierno está dispuesto a arreglar el entuerto y a pactar con los grupos del Congreso la reclamada revisión de la propiedad intelectual y los derechos de autor.
La propuesta incluirá la reforma de las sociedades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual para acabar con el monopolio y las prácticas de SGAE, Cedro, Aisge, Agedi y el resto de entidades denunciadas como monopolísticas por la Comisión Nacional de la Competencia en 2010.
Información completa en Estrella Digital
La propuesta incluirá la reforma de las sociedades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual para acabar con el monopolio y las prácticas de SGAE, Cedro, Aisge, Agedi y el resto de entidades denunciadas como monopolísticas por la Comisión Nacional de la Competencia en 2010.
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Thursday, December 30, 2010
Concursos públicos, pero sin vídeo
Un tribunal universitario puede impedir la grabación en vídeo de los concursos universitarios para aspirar a plazas de profesor. Es la restrictiva interpretación de lo público hecha por el Tribunal Supremo en una sentencia que exime a la Universidad Autónoma de Barcelona y a la presidenta del tribunal, Rosa Franquet, catedrática de Audiovisual, de acusaciones de parcialidad en la adjudicación de una plaza de profesor y de restringir la publicidad a la que obliga la ley (Real Decreto 1888/1984).
La catedrática no permitió la grabación del concurso alegando que se trataba de un acto público, pero que eso no incluye la grabación ni publicación. El Supremo indica en su sentencia que "lo relevante para dar transparencia al concurso es que se cumpliera, como así se hizo, con el principio de publicidad en el desarrollo de sus pruebas".
La sentencia del Supremo desestima otra anterior del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que anulaba el concurso, aunque no garantizaba expresamente el derecho a grabar la prueba.
Rosa Franquet y Josep Mª Catalá, secretario del tribunal universitario, expusieron sus argumentos para contestar a una información sobre el concurso y la sentencia del tribunal catalán publicada por El País.
La Plataforma contra la Corrupción y el Acoso en la Universidad Pública lanza ahora una campaña contra la sentencia Franquet para presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Sin entrar a valorar la imparcialidad del concurso (dejo abajo la sentencia), la interpretación de los actos públicos con restricciones a la transparencia al impedir su grabación y reproducción no parece la mejor fórmula para evitar irregularidades.
Sorprende además que esa limitación se defienda desde los responsables de una universidad y de los estudios de comunicación audiovisual y medios digitales. La mejor prueba de la imparcialidad de la elección del profesorado hubiera sido ese vídeo y la documentación de cada aspirante.
Lo público, a diferencia de la interpretación del Supremo, excede hoy la exigencia de publicidad tradicional (convocatoria) de las pruebas y la asistencia de público. Cuando la vida se retransmite en directo y los ciudadanos tienen a su alcance herramientas para ampliar lo público y con ello evitar conductas irregulares, recortar los derechos de los ciudadanos no es la mejor opción para lograr una sociedad más transparente y con más filtros contra las injusticias, arbitrariedades o corrupción.
La Ley del Derecho al Honor, a la Intimidad y a la Propia Imagen limita estos derechos por el interés público y en su artículo 8 obliga a no impedir "la captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público".
No parece que un Real Decreto como el que regula los concursos universitarios pueda conculcar una ley orgánica que afecta a derechos fundamentales. Y tampoco que ninguno de los supuestos de defensa de la intimidad pueda ser aplicado a un acto público como este.
Algunos males de la universidad, igual que de otras instituciones y aspectos de la vida pública, se pueden evitar con mayor transparencia y control ciudadano. Los argumentos a favor de la parcialidad o no de los concursos universitarios serían más claros si los interesados pudieran demostrar las acciones y méritos de cada uno ante cualquier instancia. Los primeros beneficiados serían los tribunales como el Supremo, que con un vídeo del concurso hubieran contado con una prueba de alto valor para dirimir la causa y emitir su sentencia.
Sentencia Franquet Supremo
Wednesday, December 22, 2010
PostSinde: reformar la propiedad intelectual
En la sociedad del ocio en la que vivimos, con aspiraciones a llegar a la del conocimiento, la propiedad intelectual es un eje clave.
Ahora que la ley Sinde ha sido rechazada, es momento de repensar la propiedad intelectual para desarrollar una sociedad y una economía digital sostenibles.
Una de las prioridades para crear un nuevo sistema operativo social y económico y promover los nuevos negocios e industrias, como ya se está haciendo en Gran Bretaña con una consulta pública para encontrar los nuevos modelos.
Ideas e interés no faltan. Los gráficos están realizados con Google Ngram Viewer, que rastrea en los libros indexados por el buscador los conceptos. Como se puede ver, el interés por la propiedad intelectual y los derechos de autor se dispara a partir de los años ochenta del siglo XX en la literatura especializada y sigue creciendo.
En los textos en inglés, el interés se dispara a partir de los años 60.
Como se puede ver, en ambos casos la discusión sobre la propiedad intelectual crece con la aparición del consumo de masas de contenidos artísticos y de entretenimiento.
Una reflexión hasta hace bien poco bajo el dominio de la producción, la distribución y la comercialización, un mercado de oferta creciente y de aumento de la rentabilidad de los contenidos.
En los últimos tiempos, la discusión académica se orienta hacia los clientes y usuarios, con una fuerte orientación a los derechos necesarios para la economía de demanda que es la nueva economía digital.
En la era postSinde aún hay mucho que discutir. Primero para reformar la propiedad intelectual, también para sostener la neutralidad de la red y las facilidades para la innovación, además de estar atentos a las novedades de la Ley General de Telecomunicaciones -en tramitación parlamentaria-, donde se debería luchar por los derechos digitales o de cuarta generación, como los de acceso con banda ancha.
Ahora que la ley Sinde ha sido rechazada, es momento de repensar la propiedad intelectual para desarrollar una sociedad y una economía digital sostenibles.
Una de las prioridades para crear un nuevo sistema operativo social y económico y promover los nuevos negocios e industrias, como ya se está haciendo en Gran Bretaña con una consulta pública para encontrar los nuevos modelos.
Ideas e interés no faltan. Los gráficos están realizados con Google Ngram Viewer, que rastrea en los libros indexados por el buscador los conceptos. Como se puede ver, el interés por la propiedad intelectual y los derechos de autor se dispara a partir de los años ochenta del siglo XX en la literatura especializada y sigue creciendo.
En los textos en inglés, el interés se dispara a partir de los años 60.
Como se puede ver, en ambos casos la discusión sobre la propiedad intelectual crece con la aparición del consumo de masas de contenidos artísticos y de entretenimiento.
Una reflexión hasta hace bien poco bajo el dominio de la producción, la distribución y la comercialización, un mercado de oferta creciente y de aumento de la rentabilidad de los contenidos.
En los últimos tiempos, la discusión académica se orienta hacia los clientes y usuarios, con una fuerte orientación a los derechos necesarios para la economía de demanda que es la nueva economía digital.
En la era postSinde aún hay mucho que discutir. Primero para reformar la propiedad intelectual, también para sostener la neutralidad de la red y las facilidades para la innovación, además de estar atentos a las novedades de la Ley General de Telecomunicaciones -en tramitación parlamentaria-, donde se debería luchar por los derechos digitales o de cuarta generación, como los de acceso con banda ancha.
Thursday, November 18, 2010
La ley atasca internet
Los temores de que internet se parezca a la televisión de pago acechan. Europa no garantizará la neutralidad de la red, la no discriminación comercial de los contenidos y su acceso con la misma calidad. El Senado rechaza una moción del PP para garantizar ese principio de internet sin barreras. En el Congreso aguardan propuestas de IU y Coalición Canaria con igual objetivo. Empresas de internet y telecomunicaciones lanzarán servicios premium con contenidos de pago asociados a plataformas y a las aplicaciones para su acceso en ordenadores, móviles o televisores conectados. Una alianza entre tecnología y productores de contenido para crear un nuevo mercado.
La velocidad cambiante de internet se atasca en la lenta maquinaria legal y en las disputas entre nuevos y viejos derechos. Entre intereses de empresas de internet, creadores de contenido, televisiones, telecomunicaciones, etc.
Los ciudadanos están cada día más preocupados cuando su consumo personal y compartido gracias a las redes sociales aumenta. Reclaman derechos de ciudadanía digital: libre acceso y uso a la información y el conocimiento, gobiernos y empresas abiertas, respuesta rápida de poderes y administraciones. Leyes para ciberciudadanos a velocidad de banda ancha.
Mientras el ministro de Industria, Miguel Sebastián, promete ante expertos de todo el mundo en la Feria Internacional de Contenidos Digitales (Ficod), un plan de 200 millones de euros para promoverlos, su colega Ángeles González-Sinde, ministra de Cultura, recuerda que esos contenidos no nacen de procesadores, sino del esfuerzo de sus autores. Y defiende una gestión de la propiedad intelectual que los medios digitales rechazan porque no se adapta a las tecnologías, hábitos de consumo, precios y oportunidades de un mundo de pantallas en conexión permanente a la red.
Es hora de leyes para el encuentro entre usuarios, tecnologías y contenidos. Un pacto para consumir y compartir a un precio justo sin pérdida de derechos para nadie. Respuesta eficiente a demandas nada virtuales.
Columna en los medios de Vocento
Wednesday, November 17, 2010
Guerra de mociones sobre neutralidad de la red
La política defrauda. El Senado rechazó ayer una moción sobre neutralidad de la red defendida por el PP. El resto de los grupos han acordado otra moción muy similar para que sea aprobada. Las dos mociones instan a asegurar la neutralidad de la red después de que la Comisión Europea haya renunciado a garantizar este principio y deje en manos de las autoridades nacionales la regulación de una nueva internet con servicios premium de pago -servicios gestionados- y las condiciones de una red abierta.
El debate en blogs y redes sociales ha sido interpretado como "factores externos que degradan la imagen y el trabajo de esta Cámara".
Un error antidemocrático.
Un error antidemocrático.
El debate público nunca puede degradar a las instituciones de la democracia. Al revés, son los políticos quienes pierden legitimidad cuando no saben explicar sus posiciones ni debatir abiertamente con los ciudadanos.
La neutralidad de la red es un tema complejo. Y ninguna de las mociones presentadas en el Senado ayuda demasiado a garantizarla.
La posición española (respuesta del Ministerio de Industria a la consulta pública, pdf) coincide en gran parte con la decisión europea.
- Se rebaja el principio de neutralidad de la red a garantizar la competencia entre proveedores tanto de redes como de plataformas y aplicaciones.
- Es favorable al desarrollo de nuevas plataformas digitales premium con acceso de calidad a internet y a contenidos y servicios digitales de pago.
- La transparencia en los contratos y la portabilidad -como en los móviles- garantizarán que los usuarios puedan cambiar su acceso a internet si detectan alguna discriminación.
- Operadores de telecomunicaciones y grandes de internet, de las aplicaciones y de la electrónica (dispositivos) deben llegar a acuerdos para mejorar su oferta en esas plataformas con distintos precios y calidades de servicio.
- El acceso a internet abierta tal como lo conocemos será de peor calidad y se prestará con lo que se conoce como best effort, el mínimo para garantizar su funcionamiento.
El resultado serán diferentes productos de internet en función de los acuerdos entre telecos, proveedores de contenidos y servicios, aplicaciones y distribuidores.
El consumidor intensivo o que demande más contenidos y alta calidad del servicio pagará más. La Comisión Europea y los gobiernos piden a las operadoras que a cambio abaraten las tarifas del acceso básico a internet, la red libre.
Llevará también a la concentración vertical entre grandes de las redes, de internet y los contenidos. Un aumento de los oligopolios ya existentes que acarreará problemas de competencia, como ya advirtieron los reguladores nacionales, opuestos al nuevo concepto rebajado de neutralidad adoptado por Industria y la Comisión.
Ningún antídoto contra semejantes peligros está en las mociones en guerra.
Las dos son genéricas y adolecen de falta de precisión. Izquierda Unida y Coalición Canaria ya presentaron enmiendas a la Ley de Economía Sostenible para garantizar la neutralidad.
De las dos ya comenté en su momento que en mi opinión falta garantizar la neutralidad en el servicio universal de telecomunicaciones además de en la Ley General de Telecomunicaciones dentro de los derechos de los usuarios.
De las dos ya comenté en su momento que en mi opinión falta garantizar la neutralidad en el servicio universal de telecomunicaciones además de en la Ley General de Telecomunicaciones dentro de los derechos de los usuarios.
En el primer caso se debería hacer gradualmente y estableciendo el procedimiento técnico más adecuado, apoyándose en la convergencia de redes de alta capacidad de banda ancha, televisión y satélite, para llegar a las zonas más desfavorecidas. Los mercados no competitivos.
Pero además necesitamos una internet abierta que mantenga mínimos ambiciosos de calidad de servicio para garantizar el acceso a ofertas innovadoras, sin ánimo de lucro, de dominio y servicio público, ciudadanas, etc.
En definitiva, un nuevo servicio público de acceso y contenidos digitales.
Pero también asegurar un mercado digital abierto y competitivo para llegar a los usuarios sin acuerdos con los operadores ni con los dueños de las aplicaciones y plataformas.
Un mercado libre donde los medios y empresas presentes en los productos de internet y plataformas premium puedan también llegar al resto del público y mostrar el atractivo de sus ofertas. Un mercado o red donde todo el mundo quepa en igualdad de condiciones, sin más diferenciación que sus propios contenidos, servicios o su mejor experiencia de usuario.
No es tan difícil de cumplir si no se sigue amenazando con una saturación de las redes que no ocurrirá porque el aumento de la oferta y de las posibilidades de negocio hace que internet y los nuevos servicios sean un buen negocio. Como demuestran los buenos resultados de las grandes compañías.
Pero además la neutralidad de la red no puede ser ajena ya al derecho a internet, el acceso a banda ancha como un derecho civil básico, propuesto ya por la ONU y la Unión Internacional de Telecomunicaciones. Derechos digitales para ciberciudadanos o derechos humanos de cuarta generación, como ya se les conoce.
El Parlamento tiene la oportunidad de apostar por los derechos de la ciudadanía digital en el nuevo contexto abierto por estos debates. Si no lo hacen la culpa no será del debate en internet, sino de la falta de imaginación y apuesta por el futuro, de internet y de la democracia.
Friday, November 05, 2010
Proteger el derecho al olvido
Un mundo instantáneo e intolerablemente preciso. Móvil e interconectado. La Comisión Europea quiere abortar la profecía de Borges. Al menos que en la era de la reputación la identidad siga siendo propiedad de los ciudadanos, no de las redes, sistemas y poderes tecnológicos: empresas, gobiernos y procesadores de datos. Por eso Europa impulsa una consulta pública para el refuerzo de la protección de datos personales. Una tarea de las agencias de protección de datos que en los últimos tiempos han redoblado su vigilancia sobre las grandes empresas de internet y la comercialización de datos personales para publicidad y otros usos en la economía digital.
Dos nuevos derechos fundamentales surgen para que la era de la reputación lo sea también del consentimiento: el derecho al olvido y a la minimización de los datos.
Columna completa en Estrella Digital
Dos nuevos derechos fundamentales surgen para que la era de la reputación lo sea también del consentimiento: el derecho al olvido y a la minimización de los datos.
Columna completa en Estrella Digital
Tuesday, September 28, 2010
Leyes para internet de los ciudadanos
La política sigue de lejos a internet. Las leyes no corren a la velocidad de los bits ni a las necesidades de la industria y los ciudadanos. Pero importan, y mucho. Sepultadas en la Ley de Economía Sostenible (LES) están la ley Sinde contra las descargas -denunciada por los internautas, la oposición y hasta el Consejo de Estado- y algunos grupos han recogido la iniciativa ciudadana a favor de la neutralidad de la red frente a los intentos de las operadoras de telecomunicaciones de crear una internet premium de pago con mayor control de los contenidos, servicios y el negocio digital.
Los derechos de los ciudadanos corren peligro de ser vapuleados por los intereses económicos y una visión estrecha de los internautas como consumidores. Parece que poco a poco se abren los ojos de algunos políticos y partidos, aunque habrá que esperar a la discusión de las enmiendas parciales a la LES para saber si el Parlamento es sensible a los nuevos derechos asociados a internet y a la sociedad de la información.
Columna completa en Estrella Digital
Ley de Economía Sostenible | Enmiendas a la Disposición final segunda (ley Sinde)
LES | Enmiendas Coalición Canaria sobre neutralidad de la red, cita y dominio público
LES | Enmienda de IU sobre neutralidad de la red
Los derechos de los ciudadanos corren peligro de ser vapuleados por los intereses económicos y una visión estrecha de los internautas como consumidores. Parece que poco a poco se abren los ojos de algunos políticos y partidos, aunque habrá que esperar a la discusión de las enmiendas parciales a la LES para saber si el Parlamento es sensible a los nuevos derechos asociados a internet y a la sociedad de la información.
Columna completa en Estrella Digital
Ley de Economía Sostenible | Enmiendas a la Disposición final segunda (ley Sinde)
LES | Enmiendas Coalición Canaria sobre neutralidad de la red, cita y dominio público
LES | Enmienda de IU sobre neutralidad de la red
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Saturday, September 25, 2010
Neutralidad de la red en la Ley de Economía Sostenible
Coalición Canaria ha dado el paso que un grupo de ciudadanos han empezado a reclamar hace unos días: garantizar por ley la neutralidad de la red. Además ha introducido otras dos enmiendas para garantizar el derecho de cita, en la línea de lograr un pacto para el enlace, y para la utilización libre de las obras de dominio público y extender así el uso de los procomunes y las obras que son de todos.
Coalición Canaria. Neutralidad red, cita y dominio público
Pasos indispensables para proteger los derechos de los ciudadanos en la sociedad de la información.
El partido isleño ha introducido una enmienda a la Ley de Economía Sostenible para modificar el artículo 38 de la Ley General de Telecomunicaciomes y ampliar los derechos de los consumidores con la garantía de que "el tráfico de datos generado o recibido no sea bloqueado, interferido, discriminado, entorpecido, manipulado, modificado, desviado, priorizado o retrasado, en función del tipo de contenido, del protocolo, la aplicación utilizada, del origen o del destino de la comunicación, ni de cualquiera consideración ajena a la propia voluntad de los intervinientes en la comunicación".
La enmienda recoge las garantías necesarias para defender los derechos de los usuarios y la capacidad de desarrollo de los nuevos medios y servicios digitales. Y no supone una merma para los planes de las operadoras de ofrecer plataformas digitales con servicios premium de acceso a internet de alta velocidad con contenidos vinculados.
Otros grupos parlamentarios están también interesados en analizar las posibilidades para garantizar la neutralidad de la red cuando el debate está abierto en todo el mundo, y especialmente en Europa, donde la Comisión Europea tiene abierta una consulta pública.
La enmienda de Coalición Canaria coincide con varios de los puntos discutidos por el grupo ciudadano formado para la defensa de la neutralidad de la red a través de una iniciativa legislativa popular.
Con estas tres enmiendas de neutralidad, derecho de cita y dominio público, Coalición Canaria sienta las bases para una discusión en el Parlamento sobre los derechos y garantías de la sociedad de la información. En el caso español pasan urgentemente por la reforma de la ley Sinde o ley antidescargas (la disposición final segunda de la Ley de Economía Sostenible), enmendada por PP, ICV y ERC para garantizar los derechos individuales; la reforma de la Ley de Telecomunicaciones, tanto en el artículo 38 como en la definición y alcance del servicio universal, y la Ley de Propiedad Intelectual para adaptarla a los nuevos ecosistemas digitales y su evolución con la banda ancha móvil, las aplicaciones y las nuevas plataformas digitales.
Coalición Canaria. Neutralidad red, cita y dominio público
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Wednesday, September 22, 2010
Un ley de acceso a la información coja
Access Info publica el anteproyecto de la Ley de Transparencia y Acceso de los Ciudadanos a la Información Pública. Una ley todavía coja y restrictiva. La demorada promesa gubernamental de 2004 repetida en 2008 no incorpora las garantías suficientes para crear un auténtico gobierno abierto ni avanza sobre las recomendaciones del Consejo de Europa y el texto de otras administraciones más transparentes.
En lo positivo aplica por primera vez a la Administración del Estado el principio de publicidad activa, la obligación de los poderes públicos de facilitar, "preferentemente por medios electrónicos" la información pública. Un cambio importante de cultura para una administración más abierta y transparente.
El anteproyecto define en su artículo 2 el ámbito de transparencia a la información pública "elaborada o aquirida por los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones" y excluye "las notas borradores, opiniones, resúmenes y todo documento interno sin carácter oficial".
Además en el artículo 5 se limita el derecho de acceso por seguridad nacional y las relaciones exteriores; la seguridad pública; las investigaciones penales, administrativas o disciplinarias, además de la vigilancia, inspección y control de la Administración; los interese económicos y comerciales públicos; los procesos y la tutela judicial; la confidencialidad y el secreto de los procesos de toma de decisión; los derechos constitucionales, incluido el secreto profesional y la propiedad intelectual; además de la vida privada y los intereses particulares legítimos.
Un enfoque restrictivo sobre los límites propuestos por el Consejo de Europa y que en muchos casos no permitirán a los ciudadanos conocer por qué y cómo se toman determinadas decisiones. Elementos fundamentales para defender los derechos individuales y luchar contra la arbitrariedad y la corrupción en las administraciones públicas.
Los poderes legislativos (Congreso y Senado) y judicial quedan al margen de la ley, regidos por sus propias normas, igual que el Tribunal Constitucional, el Consejo del Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas. Pero se extiende sobre todos los que ejerzan potestades administrativas o servicios públicos.
Se pierde la ocasión para introducir un proceso legislativo más abierto y participativo al excluir a la elaboración de las leyes del derecho de transparencia.
La Agencia de Protección de Datos será la encargada de garantizar estos derechos.
Además de los elementos ya analizados cuando se filtró el anteproyecto, llama la atención la falta de empuje para crear un gran repositorio de contenidos públicos abiertos y gratuitos por las limitaciones de propiedad intelectual en información adquirida por los poderes públicos o la exclusión del acceso gratuito a archivos, bibliotecas y museos (art.16.2).
Todavía no hay conciencia y visión para superar el servicio público de radiotelevisión y sustituirlo por un auténtico servicio público de contenidos digitales.
Anteproyecto_Ley_Transparencia
En lo positivo aplica por primera vez a la Administración del Estado el principio de publicidad activa, la obligación de los poderes públicos de facilitar, "preferentemente por medios electrónicos" la información pública. Un cambio importante de cultura para una administración más abierta y transparente.
El anteproyecto define en su artículo 2 el ámbito de transparencia a la información pública "elaborada o aquirida por los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones" y excluye "las notas borradores, opiniones, resúmenes y todo documento interno sin carácter oficial".
Además en el artículo 5 se limita el derecho de acceso por seguridad nacional y las relaciones exteriores; la seguridad pública; las investigaciones penales, administrativas o disciplinarias, además de la vigilancia, inspección y control de la Administración; los interese económicos y comerciales públicos; los procesos y la tutela judicial; la confidencialidad y el secreto de los procesos de toma de decisión; los derechos constitucionales, incluido el secreto profesional y la propiedad intelectual; además de la vida privada y los intereses particulares legítimos.
Un enfoque restrictivo sobre los límites propuestos por el Consejo de Europa y que en muchos casos no permitirán a los ciudadanos conocer por qué y cómo se toman determinadas decisiones. Elementos fundamentales para defender los derechos individuales y luchar contra la arbitrariedad y la corrupción en las administraciones públicas.
Los poderes legislativos (Congreso y Senado) y judicial quedan al margen de la ley, regidos por sus propias normas, igual que el Tribunal Constitucional, el Consejo del Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas. Pero se extiende sobre todos los que ejerzan potestades administrativas o servicios públicos.
Se pierde la ocasión para introducir un proceso legislativo más abierto y participativo al excluir a la elaboración de las leyes del derecho de transparencia.
La Agencia de Protección de Datos será la encargada de garantizar estos derechos.
Además de los elementos ya analizados cuando se filtró el anteproyecto, llama la atención la falta de empuje para crear un gran repositorio de contenidos públicos abiertos y gratuitos por las limitaciones de propiedad intelectual en información adquirida por los poderes públicos o la exclusión del acceso gratuito a archivos, bibliotecas y museos (art.16.2).
Todavía no hay conciencia y visión para superar el servicio público de radiotelevisión y sustituirlo por un auténtico servicio público de contenidos digitales.
Anteproyecto_Ley_Transparencia
Thursday, September 02, 2010
Derecho a internet
A pagar más. Las telefónicas repudian las tarifas planas. Quieren más que los 341,4 euros de media por línea de banda ancha que ingresaron en 2009. Más dinero de los usuarios, pero también de las empresas de internet. El objetivo es acabar con la neutralidad de la red y cobrar por los contenidos y servicios más deseados de internet. Apuestan, ayudados por Industria y la Comisión Europea, por una internet pública y abierta con servicios y contenidos básicos, y otra de pago con servicios premium y alta velocidad a través de aplicaciones de móviles y las nuevas plataformas digitales: audiovisual, televisión por internet, etc.
Las tarifas planas y los paquetes de voz, internet y televisión han sido el motor para captar y fidelizar clientes. El 45% de las líneas fijas estaban empaquetadas con banda ancha en 2009, otro 11,4% sumaban televisión y un 2,6% eran de voz y TV (datos de la CMT). Un gasto por cliente de 42,8 euros mensuales por voz e internet y de 54,2 euros con TV de pago. Ese es el pastel que quieren aumentar con una internet de pago.
Cuando los ingresos de voz fija caen (6.485 millones de euros en 2009, 8,3% menos), los de internet crecieron un 2,2% (3.923 millones) pese a la crisis y a las ofertas. Los móviles redujeron su facturación, pero el tirón de los teléfonos conectados a internet (2,8 millones, un aumento del 35%) mitigó la reducción de los ingresos de las telecomunicaciones: 35.150 millones de euros en total.
Un 51% de los hogares están conectados a internet, a menor velocidad y mayor precio que la media europea. La codicia de las telecos no cede pese al retraso de líneas de nueva generación. El ADSL se agota, hacen falta nuevas redes y las telefónicas quieren dinero de todos. Economía sostenible y desarrollo dependen de la banda ancha y la tecnología. Las empresas son libres de fijar sus precios, pero no de forzar acuerdos de contenidos y acceso ni de limitar la competencia. Los gobiernos deben garantizar el derecho a una internet libre, abierta, sin discriminación y con suficiente velocidad y calidad. Clave de una sociedad de la información sin brecha digital.
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