13 de marzo de 2004. Dos días después de la matanza del 11M. Miles de ciudadanos se agolpan ante las sedes del Partido Popular convocados por mensajes SMS y medios sociales. El PP no ha dejado de quejarse de actos ilegales en campaña.
Abril de 2005, los principales candidatos a las elecciones vascas publican blogs cuyo contenido será accesible la víspera de los comicios, jornada de reflexión.
Tanto en marzo de 2004 como en abril de 2005 muchos ciudadanos publican blogs personales o colectivos de contenido político. ¿Están obligados a respetar la jornada de reflexión?
¿Conculcan los nuevos medios, en especial los sociales, la ley electoral?
La discusión ha comenzado a aparecer tímidamente y posiblemente se recrudezca si la víspera de las elecciones vascas se utilizan los medios sociales para hacer propaganda electoral. Cosa casi segura.
Pero los únicos blogs que deben callar mañana sábado, día de reflexión, son los dependientes de los partidos y candidatos, según la ley electoral.
Los blogs de particulares pueden mantener su actividad, información y comentarios protegidos por el artículo 20 de la Constitución. La prohibición de no celebrar actos de campaña ni emitir propaganda electoral no alcanza a los particulares como sí hace con los partidos.
Las bitácoras particulares no se pueden considerar actos de campaña electoral y por ahí aparece una de sus ventajas.
Mientras no haya revisión de la ley electoral los blogs no pertenecientes a partidos e instituciones pueden mantener su actividad la jornada de reflexión.
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del Régimen Electoral General | Sección V | Propaganda y actos
P21 | El año de los blogs políticos
P21 | Un blog para las elecciones en Euskadi
P21 | Elecciones desconectadas en Galicia