El Parlament de Catalunya discutirá y aprobará mañana la proposición de ley del audiovisual de Cataluña (pdf), una norma muy reglamentista que va en contra de los criterios adoptados por la Comisión Europea para la modernización de la directiva Televisión sin Fronteras, que regula el sector audiovisual europeo.
La norma catalana extiende su potestad sobre todos los contenidos audiovisuales, sean prestados por servicios lineales o no lineales (televisión por internet, IPTV; vídeo bajo demanda, VOD, etc.), tal como proponen los cambios en la legislación europea, pero las coincidencias acaban ahí.
Frente a la flexibilización europea en la regulación de la publicidad, la aplicación del principio de país de origen (someter a los emisores a las reglas del país desde el que prestan sus servicios) o el principio de light touch o regulación suave de los nuevos medios audiovisuales, la norma catalana apuesta por una reglamentación estricta de los medios, por la supervisión de todos los contenidos emitidos en su ámbito geográfico, y por la vigilancia y capacidad sancionadora del Consell l'Audiovisual de Catalunya (CAC), según los artículos 112 y 113, y el título IX.
Prevé sanciones de hasta 300.000 euros y suspensiones de la actividad de un operador en caso de infracciones muy graves, al tiempo que establece que "la información difundida por los medios audiovisuales ha de ser veraz". El CAC será el vigilante de la veracidad.
Mientras la propuesta europea flexibiliza la emisión de publicidad, con reducción de los intervalos sin anuncios y la desaparición de los topes diarios, la propuesta autonómica (capítulo III) limita a un "15% del tiempo total diario de emisión" la publicidad en las emisoras privadas y precisa que "el tiempo total dedicado a la emisión de publicidad y a la televenta en todas sus formas no puede ser superior al 20% del tiempo diario de emisión". También limita a 17 minutos el tiempo de anuncios en una hora natural.
La nueva directiva europea, pendiente de aprobación por el Parlamento Europeo y los estados miembros, sólo mantiene el tope de 12 minutos de publicidad por hora, pero elimina los topes diarios y la obligación de ciertos intervalos sin publicidad.
Los criterios catalanes y europeos se aproximan en la regulación de las promociones y la publicidad virtual e interactiva. Falta en la norma autonómica la nueva regulación del product placement incluida en la europea.
También coinciden en proteger los espacios informativos y los infantiles, donde se endurecen las normas publicitarias en ambos casos.
La norma catalana pretende someter a todos los medios, ocupen o no espacio radioeléctrico, a la reglamentación autonómica (artículo 33), lo que incluiría las emisiones de cable, satélite y televisión por banda ancha.
Una propuesta que podría chocar con el principio de país de origen, especialmente con las cadenas asentadas en otros lugares de España o Europa y cuyos contenidos se emitan a través de televisión por internet o satélite.
Afectará también a los medios no catalanes que necesiten frecuencias para emitir en Cataluña.
Para las radios y televisiones que usen espacio radioeléctrico se mantiene el régimen de licencia y se exige una comunicación previa (art. 56 a 60) a los servicios emitidos por otras plataformas o tecnologías.
La condiciones de las licencias (art. 48) hacen hincapié en la cobertura informativa autonómica, el fomento de la industria audivisual autonómica y el uso del catalán.
El 51% de los contenidos deben ser europeos emitidos en cualquier lengua oficial en Cataluña siempre que a su vez la mitad sean en catalán (art. 83). Se excluyen de ese cómputo los informativos y programas deportivos.
La nueva normativa catalana reglamenta también la radiotelevisión autonómica y local. En el servicio público aumenta las restricciones de publicidad, en concordancia con los cambios en la radiodifusión pública estatal y el tiempo de publicidad "no podrá exceder el 10% del total diario de emisión". TV3 no podrá cortar las películas de menos de 90 minutos y las que superen esa duración sólo podrán tener una pausa.
La nueva reglamentación responde a cierta rebaja de la competencia comercial de la radiotelevisión pública, lo que satisfará a los actores privados, pero aumentará la deuda de la Radio Televisió de Catalunya (CCRTV) si no se toman medidas de saneamiento y autocontrol. La CCRTV acabó el ejercicio 2004 con unas pérdidas de 166,6 millones de euros y una deuda total de más de 801,6 millones de euros.
El control del CAC y la férrea regulación de contenidos, uso del catalán y fomento de la industria audiovisual catalana, van en algunos casos más allá de la regulación protectora de los derechos fundamentales de los ciudadanos recogida en la legislación europea.
La norma aumenta la vigilancia y control público de los medios cuando Europa afloja su férreo control audiovisual. No estará exenta de polémica y acabará muy posiblemente en el Tribunal Europeo.
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