El Parlament de Catalunya discutirá y aprobará mañana la proposición de ley del audiovisual de Cataluña (pdf), una norma muy reglamentista que va en contra de los criterios adoptados por la Comisión Europea para la modernización de la directiva Televisión sin Fronteras, que regula el sector audiovisual europeo.
La norma catalana extiende su potestad sobre todos los contenidos audiovisuales, sean prestados por servicios lineales o no lineales (televisión por internet, IPTV; vídeo bajo demanda, VOD, etc.), tal como proponen los cambios en la legislación europea, pero las coincidencias acaban ahí.
Frente a la flexibilización europea en la regulación de la publicidad, la aplicación del principio de país de origen (someter a los emisores a las reglas del país desde el que prestan sus servicios) o el principio de light touch o regulación suave de los nuevos medios audiovisuales, la norma catalana apuesta por una reglamentación estricta de los medios, por la supervisión de todos los contenidos emitidos en su ámbito geográfico, y por la vigilancia y capacidad sancionadora del Consell l'Audiovisual de Catalunya (CAC), según los artículos 112 y 113, y el título IX.
Prevé sanciones de hasta 300.000 euros y suspensiones de la actividad de un operador en caso de infracciones muy graves, al tiempo que establece que "la información difundida por los medios audiovisuales ha de ser veraz". El CAC será el vigilante de la veracidad.
Mientras la propuesta europea flexibiliza la emisión de publicidad, con reducción de los intervalos sin anuncios y la desaparición de los topes diarios, la propuesta autonómica (capítulo III) limita a un "15% del tiempo total diario de emisión" la publicidad en las emisoras privadas y precisa que "el tiempo total dedicado a la emisión de publicidad y a la televenta en todas sus formas no puede ser superior al 20% del tiempo diario de emisión". También limita a 17 minutos el tiempo de anuncios en una hora natural.
La nueva directiva europea, pendiente de aprobación por el Parlamento Europeo y los estados miembros, sólo mantiene el tope de 12 minutos de publicidad por hora, pero elimina los topes diarios y la obligación de ciertos intervalos sin publicidad.
Los criterios catalanes y europeos se aproximan en la regulación de las promociones y la publicidad virtual e interactiva. Falta en la norma autonómica la nueva regulación del product placement incluida en la europea.
También coinciden en proteger los espacios informativos y los infantiles, donde se endurecen las normas publicitarias en ambos casos.
La norma catalana pretende someter a todos los medios, ocupen o no espacio radioeléctrico, a la reglamentación autonómica (artículo 33), lo que incluiría las emisiones de cable, satélite y televisión por banda ancha.
Una propuesta que podría chocar con el principio de país de origen, especialmente con las cadenas asentadas en otros lugares de España o Europa y cuyos contenidos se emitan a través de televisión por internet o satélite.
Afectará también a los medios no catalanes que necesiten frecuencias para emitir en Cataluña.
Para las radios y televisiones que usen espacio radioeléctrico se mantiene el régimen de licencia y se exige una comunicación previa (art. 56 a 60) a los servicios emitidos por otras plataformas o tecnologías.
La condiciones de las licencias (art. 48) hacen hincapié en la cobertura informativa autonómica, el fomento de la industria audivisual autonómica y el uso del catalán.
El 51% de los contenidos deben ser europeos emitidos en cualquier lengua oficial en Cataluña siempre que a su vez la mitad sean en catalán (art. 83). Se excluyen de ese cómputo los informativos y programas deportivos.
La nueva normativa catalana reglamenta también la radiotelevisión autonómica y local. En el servicio público aumenta las restricciones de publicidad, en concordancia con los cambios en la radiodifusión pública estatal y el tiempo de publicidad "no podrá exceder el 10% del total diario de emisión". TV3 no podrá cortar las películas de menos de 90 minutos y las que superen esa duración sólo podrán tener una pausa.
La nueva reglamentación responde a cierta rebaja de la competencia comercial de la radiotelevisión pública, lo que satisfará a los actores privados, pero aumentará la deuda de la Radio Televisió de Catalunya (CCRTV) si no se toman medidas de saneamiento y autocontrol. La CCRTV acabó el ejercicio 2004 con unas pérdidas de 166,6 millones de euros y una deuda total de más de 801,6 millones de euros.
El control del CAC y la férrea regulación de contenidos, uso del catalán y fomento de la industria audiovisual catalana, van en algunos casos más allá de la regulación protectora de los derechos fundamentales de los ciudadanos recogida en la legislación europea.
La norma aumenta la vigilancia y control público de los medios cuando Europa afloja su férreo control audiovisual. No estará exenta de polémica y acabará muy posiblemente en el Tribunal Europeo.
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lunes, diciembre 19, 2005
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3 comentarios:
Juan, eres un nacionalista español más, que crispa,...
[Modo irónico]
¿Quién decía que el nuevo Estatut no era intervencionista? Todo lo que se legisla desde hace dos años está impregnado en el intervencionismo de todo aquello que se mueve.
Cataluña, como nación/estado, no va a ser menos no, ha de ser más, contra la lógica de los tiempos. El poder político todo lo contamina, asfixiando a la sociedad civil catalana, tan dócil.
Y, para vergüenza de Rajoy, Aznar y demás dirigentes endogámicos del PP, la ley saldrá adelante con el apoyo del PPC de Piqué y Vendrell, los dirigentes impuestos desde Madrid.
Lo dicho, el PPC de Piqué es en la práctica, un partido nacionalista más, "light", pero nacionalista. Con doble discurso, uno en Catalunya y otro en Madrid. ¿Doble discurso? Sí, el de la hipocresía.
¿Dirían ustedes que Irlanda es una dictadura? Pues allí el gobierno (sí, sí, el gobierno) nombra a los ocho miembros de la Broadcasting Complaints Commission (www.bcc.ie), facultada para determinar si la radio y la televisión cumplen con lo que marcan la ley y los códigos en lo relativo a: imparcialidad en noticias, gusto y decencia, ley y orden, derecho a la intimidad, calumnia, difusión de información reservada,
etc. La Broadcasting Complaints Commission no sanciona, pero el gobierno irlandés sí lo hace, y puede revocar licencias de radio.
Y el Reino Unido, ¿es una dictadura? Allí el organismo que regula la radiotelevisión es Ofcom (www.ofcom.org.uk), con un Comité Sancionador de Contenidos y un Comité de Licencias. Y, ¿saben quién nombra al presidente de Ofcom y a los miembros del Comité? Pues el Secretario de Estado de Cultura, Medios de Comunicación y Deporte y el Secretario de Estado de Comercio e Industria. O sea: el Gobierno. ¡Por lo menos al CAC lo nombra el Parlamento de Cataluña! O sea: no se llenen la boca hablando de "atentados a la libertad de expresión" e infórmense de lo que hacen democracias liberales como las que acabo de mencionar.
Por ejemplo, el 16 de octubre de 2003 (www.ofcom.org.uk/tv/obb/ocsc_adjud/adj_20040728.pd...) le impusieron una multa de 2 500 libras (unos 3 250 euros) a Galaxy Radio Manchester porque un oyente, a la hora del desayuno (8.15), llamó para hacer una apología de la violencia de género. Una joven de 12 años llamó luego para insultar al oyente machista. Y ya ven: por emitir esto a una hora en la que algunos niños pueden oír la radio, multa al canto...
Y en octubre y noviembre de 2004, Ofcom impuso una multa de 125 000 libras (180 000 euros) a Picadilly Radio por:
? chistes y comentarios ofensivos sobre la muerte del rehén británico en Irak Kenneth Bigley;
? trato y referencias ofensivas a los musulmanes;
? presunta incitación al odio racial
? un comentario racista.
El fallo razonado se puede ver en www.ofcom.org.uk/tv/obb/ocsc_adjud/key103.pdf
Ah, y el Comité de Licencias de Ofcom puede revocar licencias de radio (www.ofcom.org.uk/about/csg/rlc/funcrole/)
En la Pérfida Albión, el organismo regulador de radio y televisión, puede imponer a las emisoras de radio multas de hasta 250 000 libras (425 000 euros), limitar su licencia de emisión o incluso revocarla (www.ofcom.org.uk/tv/ifi/guidance/sanctions/). No recuerdo que los periodistas radiofónicos británicos hayan pedido amparo al Parlamento Europeo. También podríamos hablar de la legislación mediática alemana, en la que cada land (estado federado) cuenta con su propio consejo regulador de audiovisuales (Rundfunkrat).
También los EEUU tienen una Comisión Federal de Comunicaciones con capacidad sancionadora. Qué mejor ejemplo que la multa de 4000 que pusieron a los que le gastaron la "broma" a Castro:
Multan a radio que bromeó con Castro
Una emisora de radio en Miami que le jugó una broma al aire al presidente de Cuba, Fidel Castro, podría enfrentar una multa de US$4.000.
http://news8.thdo.bbc.co.uk/hi/spanish/misc/newsid_3658000/3658289.stm
En fin, de maty no espero nada (sería mucho esperar), pero de tí si, Juan.
Los ejemplos que citas tienen varias diferencias.
En el caso británico nombra el gobierno a propuesta de los medios y las asociaciones profesionales. Es una autorregulación consentida por todos y organizada institucionalmente, un caso de autorregulación que muchos admiramos.
En ese caso, las distintas comisiones de control se encargan de vigilar y sancionar a los medios a instancia propia o de la audiencia. Existe todo un sistema de garantías.
Pero insisto, la diferencia crucial es la autorregulación: un pacto anterior de los medios para aceptar una vigilancia y unos códigos de conducta que todos votan, como todos eligen a sus representantes.
Tiene sus problemas, pero es mucho mejor.
El caso norteamericano es todavía más laxo y la FCC sólo interviene en casos muy determinados, fundamentalmente de lenguaje obsceno, racismo y contenidos sexuales, que son las cosas que más preocupan ahora en Estados Unidos.
Siempre he estado a favor de la autorregulación, pero sin políticos por medio, por favor.
Lo digo en uno de estos artículos: público, jueces y los propios profesionales deben ser los responsables de juzgar a los medios.
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