La enmienda de IU aboga también por incluir la neutralidad de la red en el artículo 38 de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) con el mismo texto que la presentada por Coalición Canaria.
En ambos casos creo que la garantía de la neutralidad de la red debería afectar también al artículo 22 de la LGT para incluirlo entre las condiciones del servicio universal, como propone la Comisión Europea en la legislación continental, dentro de la Directiva de Servicio Universal.
Las enmiendas para garantizar la neutralidad de la red se unen así a las del Partido Popular, Izquierda Unida/Iniciativa per Catalunya y Esquerra Republicana para modificar la Disposición Final Segunda, la ley Sinde, en el sentido de garantizar los derechos fundamentales de los usuarios, evitar la indefinición del daño patrimonial para perseguir a contenidos de internet, garantizar la autorización judicial de las acciones para proteger la propiedad intelectual y conformar una Comisión de la Propiedad Intelectual en el Ministerio de Cultura con más representantes de los internautas y los consumidores, como se ha reclamado desde diferentes ámbitos y plataformas ciudadanas.
A continuación, las enmiendas a la Disposición Final Segunda de los distintos grupos.
Ley de Economía Sostenible. Enmiendas ley Sinde