El Gobierno, la industria del entretenimiento y las operadoras de telecomunicaciones negocian el bloqueo administrativo de las páginas con enlaces P2P, informa Público.
Es un paso más en la persecución de un cambio radical en la distribución de los contenidos que llevará al absurdo. Si se bloquean páginas de P2P, ¿bloquearán también a Google y resto de buscadores por encontrar los enlaces a los archivos P2P? ¿y a medios como El País -gran defensor de la industria- por publicar webs y enlaces de descargas?
La estrategia es no criminalizar a los consumidores, como ha defendido la Unión Europea y actuar directamente contra las webs de P2P.
La propuesta es un bloqueo administrativo sin control judicial, una vía abierta en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y en la Ley de Propiedad Intelectual.
Baja la protección de los usuarios y no se contestan a algunas preguntas clave como el mantenimiento de la neutralidad de la red, la inviolabilidad de las comunicaciones o qué es ánimo de lucro en la nueva economía digital.
Público hizo una serie de preguntas a Juan Manuel Tourné, de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual, y a mí sobre el tema. Aquí están las suyas.
Y las mías, que a continuación reproduzco íntegras:
¿Es partidario de cortar la conexión a los usuarios que reincidan en las descargas?
Las comunicaciones son inviolables. Es un derecho fundamental, superior a los derechos morales y económicos de los autores. Necesitamos nuevos modelos de relación entre autores y público, y ampliar el acceso a los contenidos digitales, especialmente si se han financiado con dinero público.
¿Una canción/película descargada equivale a una no vendida?
Quienes descargan obras en internet también las pagan y compran en otros soportes. La relación directa es una falacia. El problema del negocio del entretenimiento es la sustitución de una economía de la escasez por una de la abundancia donde los contenidos han perdido valor de mercado y, sobre todo, subjetivo, principalmente por la saturación impulsada por la propia industria.
¿El proveedor debe ser el encargado de controlar las descargas?
La neutralidad de la red es un principio fundamental para la democracia y la libertad. Los contenidos de internet son datos y ni los proveedores ni nadie tiene derecho a espiarlos a no ser por sospecha fundada de delito y bajo las garantías legales correspondientes.
¿El ánimo de lucro es un límite adecuado para cerrar una web?
Definir lucro sobre qué es uno de los problemas fundamentales de la nueva economía digital y de los contenidos.
¿Lucro sobre la copia que no está en los servidores de las webs perseguidas?
¿Por facilitar la relación entre usuarios?
¿Sobre la búsqueda de información en internet? Entonces supongo que bloquearán Google, Yahoo, Microsoft, Tuenti, y demás buscadores, foros y redes sociales, porque en sus páginas se encuentra información para las descargas.
El lucro de la mayoría de estas páginas no es sobre las obras ni la copia, sino por los servicios de información y relación que prestan. También tendrán que cerrar algunos medios como webs de diarios y revistas que informan dónde encontrar las descargas.
¿Le parece apropiado que sea un órgano administrativo y no un juez el encargado de cerrar páginas?
Los ciudadanos deberían mantener sus derechos fundamentales, incluida la presunción de inocencia. En España las descargas no son delito, sino un ilícito civil, un conflicto económico entre autores y público. Pero esa vía administrativa ha sido abierta legislativamente en España y en Europa.
Al hilo de esta polémica en los últimos días ha habido un interesante debate entre Hernán Casciari (autor del blog Espoiler en El País), Gonzálo Martín (La Nueva Industria Audiovisual) y Ricardo Galli (Menéame) y en el que también ha entrado Enrique Dans muy recomendable para analizar las distintas posiciones y visiones enfrentadas sobre los derechos de autor y la cultura libre.