Wednesday, September 22, 2010

Un ley de acceso a la información coja

Access Info publica el anteproyecto de la Ley de Transparencia y Acceso de los Ciudadanos a la Información Pública. Una ley todavía coja y restrictiva. La demorada promesa gubernamental de 2004 repetida en 2008 no incorpora las garantías suficientes para crear un auténtico gobierno abierto ni avanza sobre las recomendaciones del Consejo de Europa y el texto de otras administraciones más transparentes.
En lo positivo aplica por primera vez a la Administración del Estado el principio de publicidad activa, la obligación de los poderes públicos de facilitar, "preferentemente por medios electrónicos" la información pública. Un cambio importante de cultura para una administración más abierta y transparente.
El anteproyecto define en su artículo 2 el ámbito de transparencia a la información pública "elaborada o aquirida por los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones" y excluye "las notas borradores, opiniones, resúmenes y todo documento interno sin carácter oficial".
Además en el artículo 5 se limita el derecho de acceso por seguridad nacional y las relaciones exteriores; la seguridad pública; las investigaciones penales, administrativas o disciplinarias, además de la vigilancia, inspección y control de la Administración; los interese económicos y comerciales públicos; los procesos y la tutela judicial; la confidencialidad y el secreto de los procesos de toma de decisión; los derechos constitucionales, incluido el secreto profesional y la propiedad intelectual; además de la vida privada y los intereses particulares legítimos.
Un enfoque restrictivo sobre los límites propuestos por el Consejo de Europa y que en muchos casos no permitirán a los ciudadanos conocer por qué y cómo se toman determinadas decisiones. Elementos fundamentales para defender los derechos individuales y luchar contra la arbitrariedad y la corrupción en las administraciones públicas.
Los poderes legislativos (Congreso y Senado) y judicial quedan al margen de la ley, regidos por sus propias normas, igual que el Tribunal Constitucional, el Consejo del Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas. Pero se extiende sobre todos los que ejerzan potestades administrativas o servicios públicos.
Se pierde la ocasión para introducir un proceso legislativo más abierto y participativo al excluir a la elaboración de las leyes del derecho de transparencia.
La Agencia de Protección de Datos será la encargada de garantizar estos derechos.
Además de los elementos ya analizados cuando se filtró el anteproyecto, llama la atención la falta de empuje para crear un gran repositorio de contenidos públicos abiertos y gratuitos por las limitaciones de propiedad intelectual en información adquirida por los poderes públicos o la exclusión del acceso gratuito a archivos, bibliotecas y museos (art.16.2).
Todavía no hay conciencia y visión para superar el servicio público de radiotelevisión y sustituirlo por un auténtico servicio público de contenidos digitales.

Anteproyecto_Ley_Transparencia